Trámites para un autónomo para darse de baja de paternidad

trámites de baja de paternidad para autónomo
4.8/5 - (32 votos)

Los trabajadores por cuenta propia deben realizar sus propios trámites para cada cambio que exista en sus vidas y que pueda influir a su actividad. Para un autónomo, darse de baja de paternidad es un ejemplo de ello que, sin haberlo hecho anteriormente, puede suponer un trámite algo engorroso.

Por si no contases con una gestoría online a tu lado, que te ayude (¡y libere!) con todos estos trámites, te contamos cómo puedes darte de baja de paternidad siendo autónomo:

¿Cuándo puede acceder un autónomo a la baja de paternidad?

Los autónomos, con su cuota mensual a la seguridad social, adquieren el derecho a la baja paternal y a una prestación durante este periodo. La duración y distribución del tiempo de descanso que otorga esta baja coinciden con los trabajadores en Régimen General.

Para acceder a la baja de paternidad (o maternidad) se deben dar al menos una de estas situaciones:

  • Haber tenido un hijo biológico.
  • Si se ha adoptado a un menor de 6 años.
  • Si se da el tutelaje de un familiar con minusvalía (de al menos el 33%).

Requisitos:

Si te encuentras en alguno de estos casos, deberás conocer los requisitos indispensables para beneficiarte de la prestación por esta baja:

  1. Estar dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social, cotizando en el RETA.
  2. Estar al corriente de pago de todas tus obligaciones para con estas instituciones oficiales. Es posible tener pendientes algunos pagos que se hayan fraccionado conforme a la Ley, pero nunca se podrá acceder a la prestación si existen cuotas sin pagar o un requerimiento de impago por parte de Hacienda.

Aún así, si estás en esta situación, tienes 20 días para regularizar tus deudas y poder acceder a la prestación.

  • Tener un periodo mínimo de cotización de 180 días en los últimos 7 años o un mínimo de 360 días durante toda tu carrera profesional.

Trámites para solicitar la baja por paternidad o maternidad

Actualmente, este trámite se puede realizar por completo de forma telemática en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. También se puede hacer acudiendo a dicha institución con cita previa.

Este trámite se deberá realizar en un plazo máximo de 15 días tras en nacimiento del menor. La documentación que deberemos entregar en el proceso es la siguiente:

  • Copia del DNI.
  • Informe médico del parto.
  • Libro de familia o, en su defecto, la inscripción del recién nacido en el Registro Civil.
  • La declaración de la situación de la actividad para trabajadores por cuenta propia o autónomos.

¿En qué consiste la baja de paternidad del autónomo?

Aunque cuenta con muchas similitudes con la baja de un trabajador por cuenta ajena, conviene tener en cuenta las particularidades que se aplican a los autónomos.

Duración de la baja

Con la nueva Ley publicada en el año 2019, las semanas de baja de paternidad se irán equiparando a las de maternidad. En el año 2020, se han ampliado a 12 semanas la baja de los padres y seguirá en aumento hasta el 2021, donde llegará a las 16 semanas (que es el número de semanas que disfrutan las mujeres en su baja de maternidad).

Esta medida pretende igualar el descanso de los dos progenitores para favorecer la involucración de ambos en los cuidados del recién nacido.

Distribución del tiempo de la baja

Si bien las primeras 6 semanas tras el parto son de obligado disfrute para la madre, el padre sólo tiene la obligación de disfrutar dos de ellas.

Salvo esa cuestión, el resto de semanas se pueden disfrutar de forma ininterrumpida o fraccionada. Por ejemplo, podría disfrutar la madre de toda su baja y, tras ella, disfrutar el padre de la suya.

Además, la madre podrá transferir las semanas “no obligatorias” que desee al padre (esto no es posible hacerlo de forma inversa).

Cantidades a percibir

Durante el tiempo que dure la prestación, no tendrás que pagar la cuota de autónomo. En todo ese periodo, estará bonificada al 100%.

Para calcular el importe que cobrarás, deberás conocer la media de cotización de los 6 meses anteriores a la baja y se divide entre 180. Por ejemplo, si cotizas por la base mínima (en el 2020 ya es de 944,40€), el importe de la baja será el siguiente:

944,40×6=5.666,4

5.666,4/180=31,48€

Por lo tanto, si cotizas por la base mínima, en este año cobrarías 31,48€ por cada día que dure tu baja de paternidad.

¿Puedo acceder a la baja de paternidad o maternidad si estoy disfrutando de la tarifa plana como autónomo?

La respuesta rápida es sí. La tarifa plana no incluye todos los supuestos por los que podremos percibir una prestación. De hecho, excluye la mayoría de las prestaciones a los que podríamos acceder de estar pagando la cuota completa.

Sin embargo, por suerte para ti, la baja maternal o paternal es una de las situaciones en las que sí podremos beneficiarnos de la prestación a pesar de estar pagando la cuota bonificada (la tarifa plana).

Compártelo
Últimos post
Responsable del fichero: MI GESTORIA ASESORIA ONLINE S.L. Finalidad: envío de información sobre productos y servicios propios al suscrito. Legitimación: consentimiento. Destinatarios: No se comunicarán los datos a terceros. Derechos: acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Puede consultar información adicional y detallada en nuestra política de privacidad.
Contactar