Costes de un empleado durante la baja de maternidad o paternidad

costes de un empleado durante la baja de maternidad
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Son muchos los que creen que si un empleado se da de baja por tener un hijo (maternidad, paternidad o adopción) esto supondrá grandes costes para la empresa. Sin embargo, nada más lejos de la realidad: existen numerosos incentivos para que esta situación no incremente los costes de la baja de maternidad a los que tiene que hacer frente una empresa.

Lo cierto es que la empresa no paga el salario de un trabajador en baja por maternidad. Es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) quien se hace cargo del coste mensual hasta el alta del trabajador, por lo que el único gasto que deberá afrontar la empresa es la cotización de dicho trabajador. Por lo tanto, sí. La empresa paga “algo” durante dichos meses de baja aunque no esté recibiendo los servicios de éste.

Por ejemplo, si el salario del empleado fuesen 1.000€ y el coste por cotización fuesen alrededor de 300€, el coste total para la empresa sería de 1400€ mensuales. Sin embargo, durante la baja, la empresa sólo tendría que pagar los 300€ por cotización y el resto de los 1.000€ correrían a cargo de la Seguridad Social.

¿Y si contrato un sustituto durante la baja de maternidad?

Si la empresa contratase un sustituto, aquí las cosas cambiarían. Existe un tipo de contrato recogido en el Estatuto de los Trabajadores que se denomina Contrato de Interinidad. Se trata de un contrato temporal para sustituir a trabajadores durante un periodo concreto, tras el cual se deberá devolver el puesto al trabajador sustituido (derecho a reserva del puesto de trabajo). Este Contrato de Interinidad cuenta con unos incentivos si se contrata a un sustituto que esté inscrito como demandante de empleo en el paro durante un periodo de, al menos, un día.

Si se dan estas dos circunstancias, como sucede durante una baja por maternidad o paternidad y el sustituto está dado de alta como demandante de empleo, la empresa podrá recibir una bonificación del 100% de la cotización de ambos trabajadores: del sustituto y del sustituido.

Con este contrato, mientras el trabajador esté disfrutando de la baja, no existirán costes de la baja de maternidad para la empresa. Y de cara al trabajador sustituto, la empresa sólo deberá hacer frente a lo que cueste su salario, sin tener que pagar por su cotización.

Es decir, si al sustituto le mantuviéramos el salario que tenía el trabajador anterior, a la empresa sólo le costaría los 1.000€ de su salario mensual (los 300€ por cotización los pagaría el INSS).

Una vez que termina la baja del empleado, este contrato vencerá. No existe la obligación de abonar ningún tipo de indemnización, salvo en el caso de que exista un número de días de vacaciones no disfrutados que, lógicamente, habrá que remunerarlos.

La importancia de estar bien asesorado

Muchas veces el empresario desconoce este tipo de bonificaciones que le pueden ahorrar costes y tiempo. Por ello, es importante contar con una gestoría a la que consultar y delegar ciertas tareas. De esta forma, podremos centrarnos mejor en el core del negocio, estando seguro de que no se está pagando de más o perdiendo posibilidades interesantes de bonificaciones, como ocurre en el caso de los costes de un empleado durante la baja de maternidad.

Desde MiGestoría Online, podremos aconsejarte para que no tengas que preocuparte por este tipo de gestiones. Contáctanos y te informaremos sin compromiso.

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