La forma jurídica de una empresa es de las primeras decisiones que hay que tomar a la hora de emprender. Y puede ser que una de las más importantes ya que esto determinará muchos aspectos fiscales a futuro.
Aunque no existe una “mala forma jurídica” si conviene escoger la que más se adapte a la actividad y necesidades de la empresa. En este artículo explicaremos en qué consiste la forma jurídica de una empresa y qué tipos existen.
Índice
La forma jurídica de una empresa constituye su identidad. Se trata de la etiqueta legal que identifica de forma legal a una empresa. La elección de una modalidad legal u otra determinará el tipo de obligaciones tributarias, fiscales o contables de una empresa.
Dependiendo de la forma jurídica que se escoja, también variará la inversión inicial requerida, así como la afiliación a la Seguridad Social o la responsabilidad frente a terceros.
Quizá la pregunta que te estés haciendo ahora sea: vale, ¿y ahora qué? ¿Cómo puedo saber qué figura se adhiere mejor a las necesidades de la empresa? Tómate tu tiempo en analizar y valorar varios aspectos clave:
Dependiendo del número de socios que inicien el proyecto empresarial o laboral, éste deberá tener una forma jurídica de carácter individual, societario o cooperativo.
Si sólo hay un único socio, tendrá una forma jurídica individual. Sin embargo, si la forman varios socios, podrá ser Sociedad o Cooperativa.
Será una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuando el socio responde únicamente con el capital aportado inicialmente durante la constitución de la empresa. Sin embargo, si respondiese con todos sus bienes, sería una Sociedad de Responsabilidad Ilimitada.
Si la responsabilidad de los socios está determinada por el capital inicial que hayan aportado en el momento de la constitución, podríamos estar hablando de Cooperativas u otro tipo de organización de economía social.
En definitiva, existen 6 grandes formas jurídicas:
*Todas estas formas tienen responsabilidad ilimitada frente a terceros. En otras palabras, que responderán ante terceros hasta con sus bienes personales.
La responsabilidad del resto de las formas dependerá de la cantidad de capital que hayan aportado sus miembros.