Existen muchas razones por las que una empresa quiera cambiar su domicilio social. Un ejemplo muy frecuente en los últimos meses ha sido el cambio de domicilio social por incertidumbre o inestabilidad política en una región determinada. Sin embargo, un cambio de domicilio también puede atender a razones puramente estratégicas de la empresa.
Sea el motivo que sea, explicamos cómo se realiza este trámite y pasos a dar para llevarlos a cabo con éxito.
¿Qué es el domicilio social de una empresa?
Aunque es frecuente que se confunda el domicilio social con el fiscal de una empresa, no son lo mismo. El domicilio social es aquel donde se realizan las principales tareas de administración o dirección o, por el contrario, donde radique su establecimiento donde explota los bienes o servicios a los que se dedica. Este domicilio social está especificado en los estatutos de la empresa.
“El domilicio social de una empresa el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento”, artículo 9 de la Ley de Sociedades de Capital.
El domicilio fiscal está más relacionado con trámites frente a la Agencia Tributaria y notificaciones más administrativas. Por lo que, al ser temas completamente diferentes, los procedimientos que tendremos que realizar para cambiar alguno de estos datos son también con entidades diferentes.
¿Dónde cambiar el domicilio social de una SL?
Los pasos para cambiar el domicilio social de una Sociedad Limitada no son complejos, pero sí burocráticos. Os explicamos cómo hacerlo:
- Lo primero que hay que hacer es cambiar los estatutos, actualizándolos con el nuevo domicilio social.
- Tras ello, los administradores deberán acudir a un notario para firmar una Escritura Pública donde conste este cambio.
- Acudiremos al Registro Mercantil, donde inscribiremos la Escritura con esta modificación firmada ante notario. Además de la Escritura, se deberá presentar el modelo 600 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Tras todo este proceso en el Registro, se deberá comunicar esta modificación a la Tesorería General de la Seguridad Social (podremos hacerlo de forma telemática). ¡No nos olvidemos de este paso o nos expondremos a multas importantes!
- Presentaremos el modelo 036 de Declaración Censal a la Administración Tributaria. Aquí deberemos presentar la Escritura Pública firmada por el notario y la inscripción que acabamos de realizar en el Registro Mercantil.
Aunque antes sí que era necesario que contase con la aprobación de toda la Junta de Socios de la empresa, que debía votar este cambio. Ahora ya no, siempre y cuando el cambio de domicilio sea dentro del territorio nacional.
Ahora bien, si cuentas con la mejor gestoría online a tu lado en la aventura empresarial, estos trámites no los necesitarás. Porque haremos todo por ti.